«Y si quien os debe atraviesa una situación estrecha, concededle un nuevo plazo hasta que esté en condición de saldar la deuda. Y sabed que hacer un acto de caridad y condonarle la deuda es mejor para vosotros [y más meritorio].»
Corán, 2, 279.
«Y si quien os debe atraviesa una situación estrecha, concededle un nuevo plazo hasta que esté en condición de saldar la deuda. Y sabed que hacer un acto de caridad y condonarle la deuda es mejor para vosotros [y más meritorio].»
Corán, 2, 279.